jueves, 16 de abril de 2020

LOS AUTÓNOMOS Y LA EPIDEMIA DEL COVID-19


Hola a todos y a todas.
En esta entrada os hablaré sobre los autónomos en la crisis sanitaria que estamos viviendo en la actualidad.


Foto obtenida de Pixabay



El primer paquete de medidas de choque que lanzara el Gobierno de España para combatir la situación de emergencia sanitaria del coronavirus (Covid-19) no responde a las medidas de socorro que necesitan los autónomos. Las asociaciones están de acuerdo en que son necesarias y urgentes al menos tres importantes medidas. Prestación por cese de actividad en relación a los autónomos que se vean obligados al cierre de sus negocios y abandono de su actividad ya sea por las decisiones adoptadas por los diferentes ejecutivos o por la falta de actividad. Bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social en el caso de los autónomos que se vean obligados a abandonar su actividad por cuidado de hijos o el cuidado de dependientes. Bonificación del 100% de la cuota de la Seguridad Social desde el primer día de la baja para aquellos autónomos infectados o en cuarentena, y por tanto en situación de baja asimilada a Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

Fuente: Pulsa aquí.

Sin embargo, aunque el Gobierno ha aprobado una prestación extraordinaria por cese de la actividad para aquellos autónomos afectados por la declaración del estado de alarma, cumplir los requisitos que se solicitan es complicado y hay muchos trabajadores por cuenta propia que no van a recibir esta ayuda. Según estableció el Ejecutivo, <<para acceder a esta ayuda extraordinaria será necesario haber suspendido la actividad como consecuencia del estado de alarma o acreditar que la facturación en el mes anterior a la solicitud de la prestación es, al menos, un 75% más baja que el promedio mensual desde septiembre de 2019 a febrero de 2020. También será necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento de la solicitud y durante se percibe la prestación y estar al corriente de pago de las cotizaciones sociales.>> Algo que puede resultar un despropósito.

Ayuda extraordinaria valorada en 661 euros mensuales que supone el 70% de la base mínima por la que cotizan los autónomos. El problema es que existen multitud de situaciones que deberían ser tuteladas de algún modo –cubiertas– y no es el caso. Ya sea por un motivo o por otro. No obstante, la cuota mensual sí que debe ser continuamente abonada. La intención es lograr proteger a aquellos autónomos que no puedan acceder a la prestación por cese.

Fuente: Pulsa aquí.

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